
Las compañías operaban bajo un mismo Grupo de Interés Económico y utilizaban una estructura interna denominada “La Fábrica de Licitaciones” para simular competencia y encarecer contratos hasta en un 40%.
La Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) resolvió imponer una sanción económica conjunta de 67 millones de pesos a nueve empresas del sector de tecnologías de la información y a directivos vinculados al consorcio Grupo Soluciones, tras acreditar su responsabilidad en prácticas monopólicas absolutas para manipular 14 procedimientos de contratación pública con dependencias federales entre 2012 y 2022.
A continuación, se reproduce el texto del pronunciamiento oficial emitido por el órgano regulador:
Comunicado Oficial: CNA-042/2026
La Comisión Nacional Antimonopolio sanciona a empresas de tecnología y directivos por colusión en licitaciones del sector público
- Fecha de emisión: 15 de octubre de 2026
- Expediente: IO-003-2022 / Prácticas Monopólicas Absolutas
- Consulta el comunicado oficial íntegro:https://www.cna.gob.mx/boletines/2026/comunicado-cna-042-2026-sancion-colusion-ti.pdf
El Pleno de la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) resolvió sancionar a nueve personas morales y siete personas físicas integrantes de un mismo consorcio empresarial con una multa global de 67 millones de pesos, al determinarse su responsabilidad directa en la concertación ilegal de posturas y posturas de cobertura en compras y arrendamientos de equipo de cómputo, impresión, telecomunicaciones y ciberseguridad.
La conducta sancionada encuadra como una práctica monopólica absoluta, consistente en convenios y arreglos entre competidores aparentes cuyo objeto fue fijar precios, coordinar descalificaciones técnicas simuladas y repartirse contratos en perjuicio del erario.
Dichas prácticas afectaron 14 procedimientos (cuatro licitaciones públicas y diez invitaciones a cuando menos tres personas) en dependencias clave del Estado, entre ellas el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Petróleos Mexicanos (Pemex), la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y la Secretaría de Economía. Los sobreprecios generados por este esquema superaron el 40%, distorsionando gravemente las condiciones de eficiencia y máxima publicidad de las contrataciones gubernamentales.
Quiénes deben pagar la sanción económica
La multa global impuesta por la autoridad antimonopolio no recae de forma aislada en una única razón social, sino que se distribuye de manera solidaria y acumulada entre las personas morales y las personas físicas involucradas:
- Responsabilidad corporativa solidaria (GIE): Al comprobarse que operaban bajo la figura de Grupo de Interés Económico (GIE), las nueve personas morales responden por la infracción como una sola unidad económica:
- Soluciones Tecnológicas Especializadas, S.A. de C.V.
- Ofi Store, S.A. de C.V.
- Factoría de TI, S.A.P.I. de C.V.
- Altum Tecnologic, S.A. de C.V.
- Distribuidora y Comercializadora Bossanova, S.A. de C.V.
- Ofiequipos P.C., S.A. de C.V.
- Grupo Uno Alta Tecnología en Proyectos e Instalaciones, S.A. de C.V.
- DSTI México, S.A. de C.V.
- Ingeniería de Cómputo y Aplicaciones, S.A. de C.V.
- Sanción a personas físicas: La resolución responsabiliza de manera directa y pecuniaria a siete personas físicas, identificadas como directivos, apoderados legales y operadores que orquestaron y ejecutaron los esquemas de colusión desde la estructura corporativa.
Los nexos corporativos: «La Fábrica de Licitaciones»
La investigación de la CNA reveló que, a pesar de contar con razones sociales y actas constitutivas independientes, las nueve compañías compartían control accionario, representación legal y una oficina central de coordinación denominada internamente «La Fábrica de Licitaciones».
Desde este centro operativo se coordinaba el reparto de los contratos públicos mediante dos mecanismos principales:
- Posturas de cobertura (cover bidding): En licitaciones abiertas, se preparaban ofertas deliberadamente sobrevaluadas o con faltantes técnicos calculados para que una de las compañías del grupo ganara con un sobreprecio de hasta el 40%.
- Simulación en invitaciones restringidas: En 10 procedimientos de invitación a cuando menos tres personas, el consorcio postuló a tres de sus propias firmas como supuestas competidoras independientes, garantizando la adjudicación y evadiendo el principio de competencia efectiva.
El expediente ha sido remitido a las dependencias convocantes y a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno para iniciar los procedimientos de inhabilitación correspondientes en el padrón de proveedores federales.