María Fernanda Quintero Ramos, representante de BLACK ECCO TI, aclara la controversia comercial con CVA, defiende la liquidez del integrador TIC y su solidez en licitaciones públicas.
En ejercicio formal del derecho de réplica garantizado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la legislación aplicable, María Fernanda Quintero Ramos, en su carácter de representante legal de la empresa BLACK ECCO TI, S.A. DE C.V., emitió la posición institucional de la compañía respecto a la publicación del pasado 17 de agosto de 2026 en el portal Infochannel, referente a una circular difunda previamente por Comercializadora de Valor Agregado, S.A. de C.V. (CVA).
Argumentos centrales y aclaraciones de la empresa
- Naturaleza de la controversia y continuidad operativa: La representación de BLACK ECCO TI precisa que las diferencias con CVA corresponden a un diferendo comercial particular entre dos entes privados y no constituyen un incumplimiento generalizado u operativo frente al resto del canal tecnológico, mayoristas o fabricantes.
- Dinámica comercial y migración de operaciones: BLACK ECCO TI puntualiza que los señalamientos unilaterales de CVA derivan del reacomodo del mercado. La empresa señala que, frente a las limitaciones financieras y de servicio al cliente de dicho mayorista, integradores y distribuidores han migrado de forma natural sus operaciones hacia otras opciones más sólidas y competitivas en la industria TIC.
- Solvencia en contrataciones públicas: Se rechaza de forma categórica que la empresa participe u obtenga contratos del sector público sin capacidad operativa o financiera. La legitimidad y capacidad técnica, jurídica y de liquidez para la adjudicación de contratos públicos es evaluada estrictamente por las autoridades convocantes en cada licitación y no por un proveedor en particular.
- Uso del crédito comercial: La utilización de financiamientos, plazos de pago o entrega de mercancía contra pago posterior representa una práctica estándar en la cadena de suministro de tecnologías de la información. El uso de estas líneas comerciales no constituye evidencia de insolvencia ni una práctica riesgosa.
- Alcance jurídico de la circular: La postura expuesta por CVA obedece a un reclamo unilateral que no representa una resolución jurídica o determinación definitiva sobre saldos exigibles, por lo que las diferencias deberán canalizarse por las vías comerciales y legales procedentes.
Resguardo de derechos y ética comercial
BLACK ECCO TI reiteró su compromiso de cumplimiento con clientes, fabricantes, mayoristas e instituciones financieras, destacando que su actuar se rige por normas de ética y profesionalismo en el mercado.
Asimismo, la representación legal a cargo de María Fernanda Quintero Ramos confirmó que se han instruido acciones legales por las vías correspondientes para proteger la reputación empresarial, el crédito mercantil y los derechos de la sociedad frente a imputaciones infundadas.
Sirva la presente como aclaración.