El Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones (AEPT), es decir América Móvil, Telmex y Telcel obstaculiza el uso del Servicio de Acceso Indirecto al Bucle (SAIB).
El Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones (IDET) calificó el pasado cuatro de agosto de 2021 como un día gris para la historia del sector telecomunicaciones en México, por la resolución que adoptó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), al aligerar la carga regulatoria a la que se encuentra sujeto el Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones (AEP-T), es decir América Móvil, Telmex y Telcel.
La Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI), también lamentó esa decisión.
La Cámara anticipa una reducción en los servicios de banda ancha fija que afectará a 5.9 millones de hogares.
Sucede que con el fallo del IFT se incrementaron las barreras para hacer uso del Servicio de Acceso Indirecto al Bucle (SAIB), el insumo esencial que permite a los competidores del AEP-T extender su oferta de servicios de banda ancha fija, a fin de incrementar las opciones para los usuarios, creando un ambiente más competitivo, conforme lo establece el marco legal.
Con la libertad tarifaria que el IFT otorga al AEP-T, este modificará las tarifas del servicio para desplazar a sus competidores, dificultando el uso de la Oferta de Referencia para la Desagregación del Bucle Local (OREDA) y el acceso al SAIB.
Por poner un ejemplo, este año el AEPT rechazó el 80% de las solicitudes de desagregación.
¿Cómo dio esta orden el IFT?
Tanto el IDET como la CANIETI, afirman que el IFT, en contradicción de sus propios argumentos en torno a la definición y alcance del concepto de preponderancia, aligeró las medidas a las que se atiene el AEP-T tras limitar su análisis a un servicio específico, el de banda ancha fija, en ciertos municipios del país.
Para la CANIETI es ‘preocupante’ que después de años, las conexiones de banda ancha fija a través del uso de la OREDA, representen menos del 0.04% del total de conexiones activas en el país, y que ahora que se retire la regulación se reduzcan aún más los incentivos para contratar los servicios mayoristas, haciendo de la OREDA una regulación inútil para los operadores alternativos, del mercado y para los usuarios finales.
Disminuir la participación de mercado del AEP-T en el servicio de banda ancha fija en 52 municipios del país y considerar la existencia de otros operadores en dichos municipios, fue argumento suficiente para el IFT que liberó AEP-T de su carga regulatoria.
De acuerdo con el IDET, en la decisión del IFT se concluyó que, si los operadores contrataron pocas líneas SAIB, es por falta de interés por esa opción de desagregación, y porque pueden desplegar su propia infraestructura de acceso, lo que no es lógico económicamente hablando por el costo que eso representa.
De este embrollo se concluye que el IFT no realizó un análisis de fondo.
Quejas frecuentes ante el IFT
Desde el IDET consideran que el AEP-T no provee oportunamente los servicios intermedios o mayoristas que le solicitan sus competidores para dar servicios al público. De hecho, afirma que hay ‘infinidad’ de denuncias presentadas por múltiples operadores ante el IFT, y que las largas negociaciones son un pretexto para desgastar a los competidores.
En un tono más apegado a la Ley, la CANIETI aseguró que la extinción de la regulación asimétrica al AEPT, obliga al IFT a realizar previamente un análisis de competencia establecido en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) que no se dio, y afirma que el IFT no siguió el proceso marcado por la LFCE, y que además, su análisis de efectos a la competencia solo revisó la participación de mercado del AEPT en 52 municipios desregulados.
Consideró que si bien, esta es una condición necesaria, no es suficiente para asegurar que existen condiciones de competencia efectiva.
Quienes pagarán los platos rotos serán los usuarios que tendrán menos opciones de servicios.
Invitación a la congruencia
“Lamentamos que el IFT haya caído en la trampa argumentativa del AEP-T para hacerle considerar circunstancias que se observan en determinados mercados locales como prueba de que sus medidas asimétricas no funcionan, y además apruebe la remoción de las tarifas que el agente puede cobrar por la prestación del servicio intermedio o mayorista conocido como acceso indirecto al bucle (SAIB) a los demás operadores”
IDET
Por su parte, la CANIETI conminó al IFT a apegarse a la normatividad en materia de telecomunicaciones y competencia para generar igualdad de condiciones en el sector, y verificar el cumplimiento de las obligaciones del AEP-T relacionadas con la compartición de infraestructura, así como sancionar los incumplimientos correspondientes, porque hay que agregar, no existe evidencia que acredite que las obligaciones impuestas al AEP-T hayan sido cumplidas a cabalidad consolidando las condiciones de competencia en el sector telecomunicaciones de México.
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IDET planteó una interrogante: “¿Será esto el inicio del desmantelamiento de la reforma constitucional de telecomunicaciones de 2013?”.