Reforma al Outsourcing, ya está en vigor
Reforma al Outsourcing, ya está en vigor
Reforma al Outsourcing

Ocho leyes fueron modificadas para reformar el outsourcing o subcontratación en México. En septiembre entraron en vigor los ajustes y las sanciones para el outsourcing ilegal.

El outsourcing ilegal se equipara a defraudación fiscal, las empresas que incurran en él se harán acreedoras a multas de 173 mil a 4 millones de pesos a partir de hoy que entra en vigor la modificación a ocho leyes y reglamentos para regular el Outsourcing.

Las normas que fueron ajustadas son:

  • Ley Federal del Trabajo;
  • La del Seguro Social;
  • Del Infonavit;
  • El Código Fiscal de la Federación;
  • ISR;
  • IVA;
  • La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado:
  • La Ley Reglamentaria.

Las empresas que incumplan con las nuevas disposiciones podrán ser requeridas por la STPS para que aporten la información del cumplimiento de las obligaciones en materia de trabajo.

También les podrá imponer sanciones ante la negativa de proporcionar dicha información.

La reforma prohibe la subcontratación de personal, pero permite la subcontratación de servicios especializados.

La subcontratación de personal describe el proceso cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.

Ese esquema está prohibido, aunque las agencias de empleo o intermediarios que intervienen en la contratación podrán participar en el reclutamiento, selección, entrenamiento y/o capacitación.

En ningún caso se les considerará como patrones.

La resolución del tema

Se permitirá la subcontratación de servicios especializados u obras especializadas que no forman parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos.

Las empresas contratistas deben estar registradas en el padrón público que estará a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Los servicios u obras complementarias o compartidas prestadas entre empresas de un mismo grupo empresarial, también serán considerados como especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que los reciba.

La subcontratación deberá formalizarse mediante contrato por escrito donde se señale el objeto de los servicios u obras a ejecutar.

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Las empresas que proporcionen servicios de subcontratación deberán contar con registro ante la STPS, el cual será público y estará disponible para consulta en internet.

El registro debe renovarse cada tres años.

Se establece la responsabilidad solidaria en el sentido de que la empresa que contrate la prestación de servicios o la ejecución de obras con una compañía que incumpla con sus obligaciones en materia de seguridad social, será responsable con las personas trabajadoras utilizadas para la ejecución de dichas contrataciones.

El monto de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

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En esta nota se habla de: Canal TI, outsourcing, STPS