Carta Porte, a partir del 30 de septiembre debe incorporarse al CFDI

Carta Porte, a partir del 30 de septiembre debe incorporarse al CFDI

Si tu empresa realiza algún tipo de transporte de mercancías, infórmate y cumple con lo que indica que el complemento Carta Porte debe incorporarse de manera obligatoria al CFDI.

La Carta Porte sirve para acreditar la posesión de mercancías que se trasladan en México.

Deberá incluir, entre otros datos:

  • Información sobre la procedencia
  • Y de los destinos de las mismas en términos de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.

El pasado 3 de mayo de 2021 se publicó la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.

En ella se indica que, a partir del 30 de septiembre de 2021, el complemento Carta Porte debe incorporarse de manera obligatoria al CFDI de tipo ingreso que al efecto emita. 

Se maneja que, con el complemento “carta porte”, se combatirá el contrabando.

“La modernización de la ‘carta porte’ servirá para que las facturas electrónicas de los contribuyentes que se dedican al traslado de bienes y mercancías estén más detalladas y se pueda lograr una trazabilidad de la ruta para combatir el contrabando”, dijo Raquel Buenrostro.

La Jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), reveló que aproximadamente 60% de la mercancía que recorre el país mediante el servicio de autotransporte es ilegal.


¿Quiénes deben utilizar el complemento?

La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021 establece que:

Los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos, podrán acreditar el traslado de dichas mercancías por distintos medios de transporte, con el archivo digital de un CFDI, o su representación impresa.

Al documento se deberá incorporar el complemento “carta porte”.

Qué autoridades verificarán la “carta porte”?

El SAT  recientemente publicó que:

La Carta Porte podrá ser verificada por cualquier autoridad que tenga competencia para realizar inspección y verificación a nivel federal por las vías generales de comunicación.

Entre ellas se encuentran:

  • La Guardia Nacional;
  • Secretaría de Comunicaciones y Transportes;
  • Autoridades sanitarias entre otras.
  • Respecto al SAT, se encuentra facultada para la inspección y verificación a nivel federal y local.

Puedes consultar la Resolución Miscelánea para su  pronta referencia y cumplimiento.

Lo mismo las preguntas frecuentes que podrán ayudarte a solventar cualquier inquietud o cuestionamiento en relación con dicho complemento.

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