El SAT amplió el plazo para que los contribuyentes estén obligados a facturar con la versión 4.0, de los CFDI hasta abril de 2023.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) determinó ampliar el plazo en tres meses más y será en abril 2023, cuando se vuelva obligatorio el uso de los CFDI 4.0
Junto con la firma electrónica (e.firma) de personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza.
Así, hasta el 31 de marzo del próximo año, los contribuyentes podrán emitir CFDI, con complemento de nómina, tanto en la versión 3.3 con la versión 4.0, como funciona actualmente.
Pero, partir del primero 1 de abril, sólo será válido el sistema 4.0; ubica la Segunda Versión Anticipada de la Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.
Apenas en junio pasado, el SAT amplió seis meses el plazo para que todos los comprobantes fiscales se emitieran mediante la versión más reciente de su sistema de facturación.
Antes de imponer las sanciones previstas en la miscelánea fiscal de este año.
Debido a que la capacidad operativa del Sistema de Administración Tributaria quedo rebasada por la demanda de entrega de constancias de situación fiscal.
Que debía entregar a trabajadores y prestadores de servicios, para que quienes emitan facturas puedan verificar los datos del contribuyente y así evitar una sanción.
Entre los principales cambios de la versión 4.0 de los CFDIs están la integración de datos adicionales para la verificación de los causantes.
Así, a la nueva versión se integraron el código postal del domicilio fiscal y el régimen en que se tributa.