Aunque fue aprobada en comisiones del Senado por legisladores de Morena y aliados, su entrada en vigor ha sido suspendida temporalmente.
Este mes, el gobierno federal presentó ante el Senado una iniciativa para reformar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con el argumento de modernizar el marco regulatorio del sector digital y de telecomunicaciones en México.
Esta iniciativa ha sido ampliamente discutida por su potencial impacto en la libertad de expresión, la autonomía de los órganos reguladores y la operación de plataformas digitales. Aunque fue aprobada en comisiones del Senado por legisladores de Morena y aliados, su entrada en vigor ha sido suspendida temporalmente por órdenes de la presidenta electa, Claudia Sheinbaum, tras una ola de críticas nacionales e internacionales.
Tabla de Contenido
Principales cambios de la Reforma de Telecomunicaciones 2025
1. Sustitución del IFT por la ATDT
Uno de los cambios más significativos es la eliminación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), organismo autónomo creado en 2013, y su reemplazo por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT).
- La ATDT estaría adscrita al Poder Ejecutivo.
- Tendría facultades para regular el espectro radioeléctrico, otorgar concesiones, supervisar contenidos digitales y garantizar el acceso a servicios de internet.
Preocupación central: Se teme que al no contar con autonomía constitucional, esta nueva agencia sea más susceptible a decisiones políticas, debilitando la competencia y la imparcialidad en el sector.
2. Facultad para bloquear plataformas digitales
El artículo 109 de la propuesta ha generado gran controversia. Este apartado permitiría al gobierno bloquear temporalmente el acceso a plataformas digitales —como redes sociales, servicios de mensajería o de video— por razones de seguridad nacional o evasión fiscal.
Sin embargo, no se especifican los criterios técnicos, procedimientos judiciales o plazos para aplicar esta medida, lo que ha sido calificado como una amenaza a la libertad de expresión y al libre flujo de información.
3. Prohibición de propaganda extranjera
La reforma incluye sanciones de entre 2% y 5% de los ingresos a concesionarios de radio o televisión que difundan propaganda de gobiernos extranjeros, salvo en casos culturales o turísticos.
Este punto ha sido interpretado como una forma de limitar la influencia de actores extranjeros en procesos electorales o de opinión pública, aunque también se le critica por su ambigüedad y posible uso discrecional.
Reacción de Claudia Sheinbaum: ¿por qué frenó la reforma?
Aunque la reforma fue impulsada por legisladores afines al gobierno, Claudia Sheinbaum, presidenta electa, solicitó detener su avance para revisar su contenido.
Argumentos de Sheinbaum:
- Negó intenciones de censura.
- Reconoció que el artículo 109 tiene una redacción ambigua que debe corregirse o eliminarse.
- Afirmó que el tema amerita un debate más amplio con expertos, legisladores, sociedad civil y medios de comunicación.
- Planteó que, de ser retomada, la discusión ocurriría en un periodo extraordinario posterior al 30 de abril de 2025.
“No estoy de acuerdo con ningún intento de censura. Hay que abrir el diálogo”, declaró Sheinbaum.
Opiniones del sector privado y organismos internacionales
La iniciativa también ha sido cuestionada por organizaciones como la International Chamber of Commerce México (ICC México), que ha llamado al Congreso a:
- Abrir un Parlamento Abierto que permita un debate técnico, plural e incluyente.
- Preservar la autonomía de los órganos reguladores, conforme a tratados internacionales como el T-MEC.
- Evaluar a fondo las consecuencias en la inversión, competencia y derechos digitales.
“La magnitud e impacto de esta reforma exige una evaluación seria y detallada”, señala la ICC México.
¿Qué sigue para la Reforma de Telecomunicaciones?
La Reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones está en pausa, pero no ha sido descartada. El futuro del proyecto dependerá de:
- Las modificaciones que se realicen al texto.
- El consenso que logre en el Congreso.
- Las garantías que se establezcan para proteger la libertad de expresión, la competencia y la autonomía regulatoria.